
El escrito completo que presentó Cristina Kirchner
Señor Juez:
Cristina Fernández de Kirchner, por mi propio derecho, en la
causa Nº 12.152/15 caratulada “Banco Central de la República Argentina
s/defraudación…”, en trámite por ante ese Juzgado Nacional en lo
Criminal y Correccional Federal Nº 11, Secretaría Nº 22, con el
patrocinio letrado del Dr. Carlos Alberto Beraldi (CUIT 20-13430665-4),
constituyendo domicilio en Av. Santa Fe 1752, 2º A, a V.S. digo:
I.- Objeto.
Que a efectos de ejercer mi derecho de defensa en juicio vengo a
efectuar esta manifestación, la cual solicito se incorpore a la causa
en el marco de la declaración indagatoria ordenada en autos.
II. Introducción.
1) Cada vez que un Movimiento Político de carácter Nacional y
Popular fue derrocado o finalizó su mandato, las autoridades que lo
sucedieron utilizaron en forma sistemática la descalificación de sus
dirigentes, atribuyéndoles la comisión de graves delitos, siempre
vinculados con abusos de poder, corrupción generalizada y bienes mal
habidos.
Sin embargo, los verdaderos motivos siempre fueron los mismos: por un lado, barrer con las conquistas logradas y los derechos adquiridos por la sociedad en
sus diferentes estamentos y actividades; por el otro, imponer programas
de “ajuste” y endeudamiento -matrimonio indisoluble- utilizando la
supuesta corrupción para ocultar ambos objetivos. Con el correr de
los años cada uno de esos supuestos “procesos moralizadores” devinieron
en formidables transferencias de ingreso y patrimonio de las grandes
mayorías a las elites gobernantes y sus grupos económicos
vinculados, saliendo a la luz los escandalosos mecanismos de corrupción
para hacer operativas esas políticas.
No son pocos los hechos históricos que así lo demuestran. El
primer ex Presidente argentino que tuvo que enfrentar a un juez no fue
peronista, por una razón muy sencilla: el movimiento nacional y popular
en ese momento todavía lo encarnaba el radicalismo y su figura liminar:
Hipólito Yrigoyen. Derrocado en 1930 por el primer Golpe Militar de la
historia y, oh casualidad, convalidado y legalizado por acordada de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación, debió sufrir ser investigado por
una comisión especial por supuestos hechos de corrupción, siendo
encarcelado en la Isla Martín García. Recuperó su libertad merced a un
indulto que Yrigoyen rechazó. El día que lo liberaron asumía el General
Justo como Presidente de la República Argentina, dando inicio a lo que
históricamente se conoce como “Década Infame”, llamada de esa forma por
lo que constituyó un período de escandalosa corrupción y entrega del
país. Sin embargo, no se detuvieron allí. Lo volvieron a encarcelar y
pasó el último año de su vida en Martín García. Eso sí, esta vez no fue
por corrupción, lo acusaron de conspiración.
Más tarde, el Movimiento Nacional y Popular se encarna en el
Peronismo y en la figura de sus fundadores: Juan Domingo y Eva Perón.
Durante sus dos Gobiernos los Derechos y conquistas populares construyen
historia y época. Una vez más y tras el derrocamiento del General
Perón, el gobierno de facto dictó el Decreto Ley 5143/1955 que creó la
Junta Nacional de Recuperación Patrimonial, una comisión especial en
franca violación del texto constitucional asignándole funciones
jurisdiccionales bajo el “loable propósito” de obtener la incautación de
todos los bienes de los que se habrían apoderado los funcionarios
corruptos del anterior gobierno.
Pese al grado grosero de afectación de los principios más
elementales del Estado de Derecho, hubo magistrados y funcionarios
judiciales, incluso de las máximas instancias, dispuestos a justificar
semejantes atropellos sin abandonar sus citas leguleyas e invocación de
valores éticos que se correspondían con “su ser nacional”.
A título de ejemplo me permito citar el fallo de –una vez más-
la Corte Suprema Justicia de la Nación del 21 de junio de 1957, en la
causa “Juan Domingo Perón s/ bienes mal habidos”. Aquí en el dictamen
del Procurador General ante ese Alto Tribunal se efectúan los siguientes
señalamientos:
“1° Que antes de la revolución de septiembre de 1955 el país se
hallaba sometido a un gobierno despótico, y en un estado de caos y
corrupción administrativa, debido a la acción directa de las personas
comprendidas en el decreto ley 5.148/55 y, en especial, a la del
recurrente en esa causa.
2° Que uno de los fines primordiales de la revolución fue el de
restituir al patrimonio público los bienes adquiridos ilícitamente por
las personas indicadas, quienes, como es de pública notoriedad, se
enriquecieron inmoralmente aprovechando los resortes del poder omnímodo
de que disfrutaba Juan Domingo Perón y del que hacía partícipe a sus
allegados…”
Por su parte, en la sentencia aludida, la propia Corte, en referencia al gobierno peronista, decía lo siguiente:
“…Esta opresión innoble sólo ha servido para el auge de la
corrupción y para la destrucción de la cultura y la economía, de todo lo
cual es símbolo tremendo el incendio de los templos y los sacrosantos
archivos de la patria, el avallasamiento de los jueces, la reducción de
la Universidad a una burocracia deshonesta y la trágica encrucijada que
compromete el porvenir de la República contra la entrega de sus fuentes
de riqueza (diario “La Nación”, septiembre 23 de 1955m página 1)”.
Cualquier coincidencia con los discursos y las acciones de
actual Gobierno y de las decisiones de algunos sectores del Poder
Judicial, no es casualidad.
La historia de dieciocho años de proscripción, lo acontecido en
dicho período histórico y finalmente el retorno de Perón al país para
ejercer su tercera presidencia me eximen de mayores comentarios.
2) En el año 1976, la dictadura genocida más sangrienta de
nuestra historia siguió idéntico camino respecto de las autoridades
constitucionales que habían sido derrocadas y de dirigentes que ni
siquiera formaban parte de ese Gobierno, es más, algunos eran fuertes
opositores al mismo. De esa manera truncaron el proceso democrático
impidiendo las elecciones nacionales presidenciales que ya habían sido
convocadas. Al momento del Golpe, Argentina era un país industrial donde
la participación de los trabajadores en el Producto Bruto Interno era
casi del 50% y el endeudamiento externo era sumamente bajo y no
implicaba condicionamiento alguno.
Así, el 21 de octubre de 1977, en el ámbito del Ministerio del
Interior, se creó la tristemente célebre “Comisión Nacional de
Responsabilidad Patrimonial” (CONAREPA) que incautó no sólo propiedades y
bienes correspondientes a la funcionarios del gobierno derrocado, sino
también a empresarios, dirigentes políticos y sindicales, todos ellos
detenidos exclusivamente por motivos políticos. Eso si, bajo la pátina,
siempre conveniente y mediática, de lucha contra la corrupción.
También, de manera no menos lamentable, se registran precedentes
judiciales que avalaron las ominosas conductas descriptas. Es imperioso
señalar que la participación del Poder Judicial siempre se convierte en
condición “sine quanon” para este tipo de prácticas. En este sentido,
un ejemplo paradigmático es el caso de “Papel Prensa”. En el mismo,
todos los bienes de la familia Graiver pasaron a ser administrados por
la referida CONAREPA, bajo la mirada complaciente de los jueces de
aquellos años y la inactividad de los jueces de hoy. Ha pasado mucho
tiempo y todavía los delitos de lesa humanidad cometidos en contra de la
familia Graiver se encuentran sin recibir el correspondiente castigo.
Hace pocos días se cumplieron 40 años de lo que fue el Proceso
“Moralizador” del 24 de marzo de 1976. Su saldo trágico en materia de
violación de DD.HH., endeudamiento, desindustrialización,
financierización de la economía, aún lo estamos pagando en el sentido
más literal del término.
Los antecedentes mencionados ayudan a comprender que lo que
sucede en la actualidad debe ser inscripto en un contexto político e
institucional que se ha repetido a lo largo de nuestra historia: los
avances y retrocesos que en materia de derechos y bienestar han sufrido
en el pasado y vuelven a sufrir hoy los argentinos.
Precisamente por el valor histórico de los expedientes,
registros, actuaciones y toda otra documentación de la infausta
CONAREPA, como Presidenta de la Nación dispuse su traslado al Archivo
Nacional de la Memoria, como ejemplo de un pasado que no queremos
repetir.
3) Sin embargo, una vez más la historia se repite y el pasado
vuelve a atrapar a los argentinos: endeudamiento, devaluación, despidos,
persecuciones políticas, tarifazos en servicios públicos esenciales e
indispensables, estampidas imparables de precios, comercios cerrados,
industrias en crisis, censura y cercenamiento a la libertad de
expresión, son sólo algunas de las calamidades que el nuevo Gobierno ha
provocado en apenas 120 días. Esta verdadera tragedia se convierte en
comedia cuando los rostros de quienes se quieren presentar ante los
argentinos como cruzados contra la corrupción, son los mismos que
durante los ’80 y los ’90 formaron parte de la “Patria Contratista” y su
apellido estuvo indisolublemente ligado a escándalos y negociados con
el Estado, ubicación de gerentes y directivos de sus empresas en puestos
claves del Gobierno, pasando por el contrabando de autos con sociedades
off shore absueltos por la “mayoría automática”, causal de Juicio
Político a miembros de la Corte Suprema, o la estatización de la deuda
de sus empresas; entre otros hechos de corrupción. No debería entonces
llamarnos la atención que hoy ilustren la primera plana de todos los
medios de comunicación internacionales, junto a otros dirigentes y
mandatarios, algunos de los cuales ya renunciaron, con cuentas y
sociedades en paraísos fiscales que les fueran descubiertas y de las que
nunca le contaron a los argentinos. El Consorcio Internacional de
Periodistas de Investigación presenta el caso “Panamá Papers” en su
página web bajo el título de: “Gigante fuga de registros financieros off
shore expone la matriz mundial de la delincuencia y corrupción” (el
subrayado me pertenece). Un escándalo global sin precedentes que trata
de ser ocultado, sin conseguirlo, con el remanido recurso de denuncias y
despliegue de mediáticas acciones judiciales.
Es que el que el Plan de Ajuste y Miseria vuelve a requerir una
vez más, de la difamación y la calumnia para su implementación, bajo el
mismo pretexto de que los dirigentes que defendieron y defienden los
intereses populares y nacionales son corruptos sin remedio. Esta
metodología no sólo es claramente visible en nuestro país, sino que se
replica a escala regional como una matriz diseñada por expertos de otras
latitudes.
La causa en la que aquí presto declaración y otras que se
agigantan por los medios de comunicación concentrados, son un ejemplo
lamentable de lo que vengo diciendo, a punto tal que a los propios
medios extranjeros, que denunciaron a escala global el escándalo de
“Panamá Papers”, les llama la atención el tratamiento que recibe el
Presidente Mauricio Macri, implicado en el caso, y lo compara con el
tratamiento que hubiera recibido quien suscribe, de haber sido la
involucrada. Sostiene el diario alemán “Süddeutsche Zeitung” –periódico
que dió a conocer a nivel global el “Panamá Papers”- que de haber sido
la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner la involucrada, todos le
hubieran pedido la renuncia en forma inmediata (www.sueddeutsche.de/politik/panama-…).
III. Manifiesta.
1) Luego de ser informada acerca de los hechos que se me pretende imputar, entiendo y confirmo claramente que sólo a través de un ejercicio abusivo del poder jurisdiccional esta causa pudo ser llevada adelante.
En primer lugar, cabe señalar como algo absolutamente novedoso y
sorprendente en términos judiciales, que haya sido citada a prestar
declaración indagatoria cuando no existe ninguna mención, y mucho
menos imputación en mi contra, ni en la denuncia efectuada por los
Legisladores oficialistas Negri y Pinedo, ni tampoco por parte del
fiscal interviniente o que surja, al menos, de la prueba recibida.
Es más, una simple lectura de los elementos de convicción a los
que el juez hace expresa referencia en el auto de fs. 367/368, muestra
que mi convocatoria a declarar es un prevaricato de V.S. en los términos
previstos por el art. 269 del Código Penal.
Concretamente, la resolución dictada resulta contraria a la ley y
fundada en hechos absolutamente falsos; así quedará acreditado en la
esfera judicial competente.
En segundo término, tampoco se ha respetado en el caso el debido principio acusatorio y de congruencia que debe existir entre el hecho por el que se ha habilitado esta investigación y el que se me ha imputado.
Concretamente se habla de la existencia de un grupo de
funcionarios que, de manera organizada, sistemática y concertada,
llevamos a cabo acciones de carácter político, técnico y administrativo
con supuestos propósitos delictivos, que no fue ni denunciado por los
Legisladores oficialistas ni requerido por el Fiscal.
Esta hipótesis de asociación ilícita, construida
capciosamente por el magistrado, es otra muestra de la arbitrariedad con
que ha procedido y revela además la intención del Gobiernocon la colaboración imprescindible del Poder Judicial de “plantar“, a quien suscribe, una causa penal que me prive de la libertad.
Como ya lo he dicho públicamente y reitero una vez más: no les tengo miedo. Afrontaré este proceso y cualquier otro que quieran fabricarme.
Fue decisión explicitada públicamente no tener fueros que me hubieran
colocado en una posición de privilegio en relación a la de cualquier
otro ciudadano. La igualdad nunca fue, para mí, un recurso retórico.
En tercer término, y desde un plano estrictamente jurídico tal
como lo han explicado cada una de las personas imputadas que declararon
en esta causa, las operaciones investigadas fueron llevadas a cabo
legítimamente por las autoridades del Banco Central de la República
Argentina, de acuerdo a la normativa vigente e inspirada en los
propósitos de su Carta Orgánica, es decir, promover, en las medidas de
sus facultades y en el marco de las políticas establecidas por el
gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera,
el empleo y el desarrollo económico con equidad social (art. 3).
Hago propios todos y cada uno de los argumentos que vertieran en
este expediente el Sr. Ex Ministro de Economía Dr. Axel Kicillof y los
Sres. ex Presidente y ex Vicepresidente del B.C.R.A. Alejandro Vanoli y
Miguel Angel Pesce, así como también los de los Directores y ex
Directores de la misma institución, que han actuado en un todo de
acuerdo con lo que prescribe la Ley 24.144, Carta Orgánica del B.C.R.A.
en su Capítulo Primero, que tiene por objeto definir la naturaleza y el
objeto de la Institución, en sus artículos 1, 2, 3 y 4, como así también
el resto de las disposiciones de dicho instrumento, que como es de
estricta hermenéutica legislativa deben ser entendidos y comprendidos en
el marco de las definiciones estructurales de la norma.
Resulta insoslayable señalar que mi administración siempre buscó
desarrollar una gestión de gobierno que protegiera el valor de la
moneda, ya que su depreciación produciría los efectos más desfavorables
sobre la actividad económica en general.
Puede afirmarse que, por lo menos en este capítulo no nos hemos equivocado y las consecuencias están a la vista.
Desde diciembre de 2015 a la fecha la estampida imparable de los
precios, la desocupación, el aumento de la pobreza y la caída de la
actividad económica y comercial, tiene indudablemente puntos de
convergencia con los efectos de una “maxidevaluación” llevada a cabo por
las autoridades del gobierno actual de manera brutal. El Gobierno no
cuida a los argentinos. Tampoco parece preocuparse por ellos, ni por el
dolor, angustia e incertidumbre que hoy están viviendo.
En quinto lugar, todo lo que se ha dicho en la denuncia acerca
de graves perjuicios para el Banco Central y beneficios indebidos para
terceros inescrupulosos resultaron ser simples manifestaciones electoralistas a las que se les dio cobertura mediática mediante la sustanciación de esta causa.
Adviértase que a requerimiento del actual Presidente del
B.C.R.A. el Juez de la causa, en dos oportunidades manifestó que no
había ninguna medida restrictiva ordenada que impidiera el pago de los
contratos que se investigan. Cabe preguntarse entonces ¿Cómo puede
ser que se impute la comisión de un delito cuya supuesta consumación ha
sido autorizada por el mismo magistrado a cargo de esta investigación?
Por otro lado, también se debe destacar que ninguno de los
supuestos “terceros enriquecidos ilegítimamente” por la operatoria del
dólar futuro, tan siquiera fueron individualizados ni mucho menos
citados a este proceso. No hay en este sentido actividad procesal alguna siquiera que insinúe esa línea de investigación. Me pregunto: –¿Será
tal vez que puedan encontrarse con algún conocido que quieren mantener
alejado de esta investigación y no seguir sufriendo nuevos traspiés
políticos? Podríamos agregar como graciosa paradoja de estos
“paladines de la moral” que el actual Presidente del B.C.R.A. tiene
procesamiento firme por delitos económicos con motivo, nada más ni nada
menos, que en la “operación” de endeudamiento conocida como “Megacanje”.
Huelgan los comentarios.
Por si todo ello fuera poco, en los últimos días, hechos que son
de dominio público muestran como los principios morales que tanto se
predican resultan ser sólo un mero ejercicio distractivo y justificativo
del ajuste, que ha quedado sepultado en el escándalo internacional de
un Gobierno cuyo Presidente, sus familiares más directos y sus
funcionarios más allegados quedan al descubierto como titulares de
sociedades y cuentas off shore, que en otras latitudes ya han provocado
renuncias hasta de Primeros Ministros. En suma, se trata de un conjunto
de personas que, según los parámetros que V.S. ha elegido para imputarme
en esta causa, merecerían ser también investigados a la luz del
supuesto delito de asociación ilícita.
Además, y como lo han indicado el Presidente y los miembros del
Directorio del BCRA en sus declaraciones obrantes en autos, la operación
de venta de futuro de dólares no produjo en el Banco Central, tal como
lo reflejan sus balances, pérdida alguna y sólo puede hablarse de
efectos disvaliosos a partir exclusivamente de las decisiones que
tomaron las actuales autoridades al devaluar y que fueran convalidadas
por el Juez de la causa.
En definitiva, la imputación sub litis resulta absurda tanto en
términos facticos como jurídicos e ingresa en el terreno de lo ridículo.
Así lo evidencian las preguntas “inquisidoras” que V.S. le ha formulado
a alguno de los imputados, con la intención de tornar justiciables
hechos de contenido estrictamente político -terreno en el que el juez se
movió con muy poco éxito en sus cargos anteriores-, demostrando también
el mismo grado de incompetencia que registra en este tipo de materias
técnicas.
La fuerza de los hechos es contundente. Primero dieron inicio a
esta causa mediante una falsa denuncia que el Juez rápidamente instruyó.
Dos días antes de la segunda vuelta de las elecciones nacionales,
llevaron a cabo un allanamiento en el B.C.R.A. con el propósito de
originar una corrida bancaria para forzar la devaluación y no lo
lograron.
Después de los resultados electorales, en contra de lo que
públicamente siempre sostuvieron, presionaron con esta causa, y de otras
maneras, para obtener la renuncia del Presidente del B.C.R.A., borrando
con el codo la independencia que debe tener el B.C.R.A. sobre la que
escribieran y dijeran en múltiples conferencias y sets de televisión.
Una vez designadas las nuevas autoridades del ente rector,
llevaron a cabo una devaluación de la moneda que, como se vió, produjo
efectos devastadores sobre la economía.
Por último y nuevamente con la complicidad judicial, avanzaron
con esta causa imputando falsamente a personas inocentes la comisión de
delitos, los cuales de haber existido, resultarían exclusiva
responsabilidad de las actuales autoridades.
En síntesis: ellos denunciaron, intentaron con una “corrida
judicial” una devaluación, forzaron la salida del Presidente del
B.C.R.A., devaluaron y ahora, con la complicidad judicial, pretenden
colocarnos ante la opinión pública como culpables de los efectos de las
medidas y decisiones que ellos adoptaron.
Finalmente el Gobierno de las excusas -como todo en la vida-
tiene un límite: la responsabilidad de los propios actos y el juicio
inevitable de la historia.
IV.- Petitorio.
Por todo lo expuesto, a V.S. digo:
1) Se tenga por efectuada la presente manifestación a los efectos que corresponda.
SERÁ JUSTICIA.
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