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Aunque lo confirmó, la Cámara Federal "retó" a Bonadio







Aunque lo confirmó, la Cámara Federal "retó" a Bonadio

DECISIÓN CLAVE.
En su fallo, dice que no hay "fundamentos serios" para desplazarlo. Pero adjunta un reclamo y recuerda antecedentes del magistrado.

    El fallo que confirmó a Claudio Bonadio al frente de la causa donde se investigan presuntas maniobras con la venta del dólar futuro y por la que debe declarar mañana Cristina Kirchner, tiene tres carillas y dos puntos clave: por un lado, rechaza la recusación del juez solicitada por la defensa de uno de los imputados, pero, en paralelo, reconoce parte de sus quejas y le encomienda al magistrado que cambie su actitud. 
    El apartamiento de Bonadio fue pedido por dos abogados del ex director del Banco Central Pedro Biscay. Lo acusaban de "falta de imparcialidad" por supuestamente haberles negado acceso rápido y completo al expediente, como si habría hecho con el fiscal.
    "(Los abogados de Biscay) Hicieron referencia a las diversas oportunidades en que trataron de obtener fotocopias -incluso después de haber sido autorizados-, a la injustificada demora en elevar un recurso de apelación y a la falta de respuesta al pedido de suspensión de la indagatoria, entre otras cuestiones. Según refirieron, el desequilibrio se hace aún más visible cuando se repara en que las peticiones que formula el Ministerio Público Fiscal son receptadas favorablemente y sin dilaciones", recuerda el fallo firmado por los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Irurzun.
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    Luego, explica que la Corte Suprema ya destacó que "puede justificarse la necesidad de apartar al juez cuando existan razones fundadas para poseer un temor de parcialidad sobre su actuación". Aunque agrega que un apartamiento debe apoyarse "en la existencia de motivos legítimos, fundamentos serios y razonables que le den sustento, pues lo contrario implicaría avalar la utilización del mecanismo de excepción de la recusación para apartar a cada uno de los jueces que fuesen sorteados para intervenir en la cuestión hasta encontrar el de su agrado"
    Pero lo más curioso es que luego, para justificar el rechazo, da por válidas algunas de las quejas de los defensores de Biscay. Es cuando recuerda antecedentes que no dejan bien parado a Bonadio y que terminan motivando el "reto" y pedido final.
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    Dice el fallo: "Los propios argumentos de la parte recusante demuestran que el criterio del a quo en punto a limitar el acceso a la causa a las defensas -no siendo tan estricto cuando del Ministerio Público Fiscal se trata- ha sido una constante a través de los años, y aunque su particular criterio ha sido rechazado por esta Alzada en numerosas oportunidades, su aplicación al presente no puede entenderse como indicio de la existencia de un interés especial distinto al vinculado con el esclarecimiento de los hechos".
    Es decir, para la Cámara, Bonadio ya trabó otras veces el acceso a causas de otros imputados, por lo que no habría aquí animosidad especial. "Con ello, no cabe sino concluir que el temor de parcialidad alegado no se encuentra, hasta aquí, objetivado", dice. Y aprovecha para "retar" a Bonadio: "Sin perjuicio de ello, y en tanto el celo investigativo impuesto por el a quo al trámite de este sumario sólo está generando dispendios innecesarios que repercuten negativamente en su finalidad, habrá de encomendarse al Sr. Juez de grado que, en lo sucesivo y además de las recomendaciones que ya se le efectuaron, procure otorgar una rápida y regular respuesta a los requerimientos que se le formulen y notifique sus decisiones en debido tiempo y forma, evitando generar en el ánimo de las partes incertidumbre en torno al lugar desde el cual ejerce su función". ¿Les hará caso el magistrado=
     Luego, especifica la resolución final:
    - "I. NO HACER LUGAR a la recusación deducida por los Dres. Rua y Honisch (defensores de Biscay), de conformidad con los argumentos desarrollados en la presente".
    - "II. ENCOMENDAR al Sr. Juez de grado proceder conforme lo indicado en la presente".

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